La revalidación del carné sólo la puede hacer el estudiante una vez haya cancelado el valor de la matrícula.
Para que un estudiante reclame el carné debe hacerlo personalmente y haber entregado los documentos que le fueron solicitados en la inscripción.
24.1. Situación de Aspirante Bachiller (con prescindencia de su especialidad): Quien haya terminado satisfactoriamente su período de educación media o secundaria, sin haber realizado estudios postsecundarios completos o incompletos y cumpla con los requisitos de admisión establecidos en este reglamento.
24.2. Situación de Aspirante con Estudios Previos de Educación Superior: Quien ya ha estado matriculado como estudiante regular en esta o en otra institución de educación superior pero desea estudiar en la Universidad EAFIT, y cumpla con los requisitos establecidos en este Reglamento.
Artículo 25. Requisitos de Ingreso: Es requisito indispensable para todos los aspirantes contemplados en el artículo anterior haber terminado y aprobado todos los estudios tendientes a la obtención del título de bachiller, de acuerdo con los programas aprobados por el Ministerio de Educación de la República de Colombia y haber presentado el examen de Estado para los estudiantes que aspiren a los programas de pregrado obteniendo un puntaje igual o superior al mínimo exigido por la Universidad.
Parágrafo 1. Los aspirantes definidos en el artículo anterior presentarán en el momento de la matrícula, fotocopia de diploma de bachiller debidamente registrado. Si para ese momento y por cualquier circunstancia no se puede aportar el diploma o aún se deben logros del bachillerato, el aspirante puede acreditar por otros medios dichas circunstancias, contando con un plazo de un (1) año para la entrega del diploma y/o el cumplimiento de los logros pendientes.
Parágrafo 2. Los aspirantes definidos en el artículo anterior con estudios realizados en otros países deben acreditar el registro oficial de su diploma ante la Secretaría de Educación Distrital en Bogotá y presentarlo en la Oficina de Admisiones y Registro de la Institución. Igualmente deberán acreditar haber cursado y aprobado sus estudios de secundaria o su equivalente y haber presentado el examen de estado, para lo cual contarán con un plazo de un (1) año contado a partir de su ingreso a la Universidad.
Parágrafo 3. Quienes incumplan las normas contenidas en los parágrafos 1 y 2 del presente artículo dentro de los plazos allí consignados, perderán la calidad de estudiantes y no tendrán derecho a devolución alguna de los derechos de matrícula.
|