
Convalidación en Colombia de estudios realizados en el exterior:
Es el reconocimiento que el Ministerio de Educación Nacional de Colombia otorga a los títulos académicos de educación superior otorgados por instituciones extranjeras, con el objeto de establecer una equivalencia que se ajuste a la legislación colombiana.
Si ha realizado estudios en el exterior y desea obtener un título colombiano, por favor tenga en cuenta los requisitos que exige nuestro Ministerio de Educación Nacional.
El Decreto 860 del 4 de abril de 2003 establece que para obtener título universitario en Colombia deberá cumplir con los siguientes requisitos:
“Las personas nacionales o extranjeras que hayan culminado sus estudios de educación secundaria en otros países y aspiren a ingresar a una institución de educación superior en Colombia, para adelantar programas de pregrado, deberán acreditar ante la institución de educación superior, además de los requisitos señalados por esta, los siguientes:
- El equivalente del título de bachiller obtenido en el exterior, convalidado de acuerdo a lo establecido en la Resoluciones 631 y 6571 de 1977, y 2985 de 1993, del Ministerio de Educación Nacional.
- El examen de Estado presentado por el aspirante en el país donde culminó sus estudios de educación secundaria, equivalente al examen de Estado Colombiano.
Artículo 2 - Los nacionales o extranjeros que hayan culminado sus estudios de educación superior en otros países y aspiren a ingresar a una institución de educación superior en Colombia con el fin de adelantar programas de postgrado, deberán acreditar ante la institución de educación superior, además de los requisitos señalados por esta, el título o su equivalente, que lo acredite como profesional.
Para ingresar a cualquier programa de postgrado no se requiere que el título que lo acredita como profesional, sea convalidado u homologado en Colombia. En cualquier caso, esto no lo habilita para ejercer la profesión en Colombia”.
Requisitos para la Convalidación y Homologación de Estudios de Primaria y Secundaria Realizados en el Exterior.
Deberá presentar una solicitud escrita según el formato suministrado por la Oficina Jurídica del Ministerio de Educación Nacional (Avenida El Dorado CAN – MEN Piso 2, Bogotá). El horario de atención es de lunes a viernes de 8:00am a 5:00 pm.
Dicha solicitud deberá ir acompañada de:
- El diploma original
- El certificado original de los resultados de los exámenes (calificaciones) u otras formas de evaluación que constituyen parte de los requisitos para otorgamiento del diploma.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía o cédula de extranjería.
Los diplomas y certificados deben acreditar las siguientes formalidades:
Autenticación de firmas y sellos de:
- La autoridad competente que supervise o regule la acción educativa de la institución otorgante (Ministerio de Educación en la mayoría de los casos).
- El Consulado de Colombia en el país donde se cursaron los estudios.
- El Ministerio de Relaciones Exteriores en Colombia (Bogotá Transversal 17ª No 98-55 (Horario de atención: lunes a viernes de 8:00am a 1:00pm)
Nota: Una vez se haya agotado el trámite de legalización, incluido el que se adelanta ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, debe sacar fotocopias de los documentos I y II y autenticarlos ante Notario Público. Si fueron expedidos en idioma diferente al castellano debe anexar la traducción hecha por un traductor oficial.