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Elecciones EAFIT Skip Navigation Linksconvocatoria-profesores-2019 Convocatoria a elecciones de representantes profesorales a los cuerpos colegiados



Comunicado n° 17
Convocatoria a elecciones de representantes profesorales a los cuerpos colegiados





El Rector de la Universidad EAFIT, en uso de sus atribuciones estatutarias, convoca al profesorado a la elección de sus representantes al Consejo Directivo, Consejo Académico, Consejos de Escuela y Comité de Investigaciones para el período comprendido entre 2019-2 y 2021-1; y al Comité de Escalafón para el periodo entre 2019-2 y 2020-1. 

Los candidatos deberán inscribirse entre el 25 de marzo y el 12 de abril 2019, y las votaciones se efectuarán del 13 al 18 de mayo.

De acuerdo con lo contemplado en los Estatutos Generales de la Universidad EAFIT, el Estatuto Profesoral, el Reglamento Académico de los programas de pregrado y el Reglamento para el Fortalecimiento del Sistema de Investigación, los profesores podrán elegir mediante votación universal, directa y secreta, a sus representantes a los siguientes cuerpos colegiados: 

  • Consejo Directivo: un (1) representante principal con su respectivo suplente, quienes serán elegidos para un período de dos años.
  • Consejo Académico: dos (2) representantes principales con sus respectivos suplentes, quienes serán elegidos para un período de dos años.
  • Consejos de Escuela: un (1) representante principal con su respectivo suplente, quienes serán elegidos para un período de dos años.
  • Comité de Investigaciones: tres (3) representantes principales con sus respectivos suplentes, quienes serán elegidos para un período de dos años.
  • Comité de Escalafón: dos (2) representantes principales con sus respectivos suplentes, quienes serán elegidos para un período de un año. 


Requisitos de los candidatos profesorales a los diferentes estamentos

Podrán inscribir su candidatura como representantes profesorales, principales y suplentes, quienes cumplan con los requisitos generales y requisitos específicos para cada estamento, de la siguiente manera: 

Requisitos generales 

  • No haber sido sancionados disciplinariamente.
  • No haber sido inhabilitados por el Consejo Electoral.

Requisitos específicos 

-Consejo Directivo y Consejo Académico: 

  1. Ser profesor de tiempo completo de la Universidad EAFIT y no tener el carácter de jefe departamento, decano o director.
  2. Haber prestado sus servicios a la Universidad EAFIT por un tiempo no menor a tres años, de manera continua e ininterrumpida. 
  3. El candidato principal y su suplente al Consejo Académico deberán pertenecer a escuelas y departamentos académicos diferentes. 

-Consejos de Escuela: 

  1. Ser profesor de tiempo completo de la Universidad EAFIT y no tener el carácter de jefe departamento, decano o director.
  2. Estar adscrito como profesor de la escuela a la que aspira a ser elegido. 

-Comité de Investigaciones: 

  1. Ser profesor de tiempo completo de la Universidad EAFIT y no tener el carácter de jefe de departamento, decano o director. 
  2. Ser investigador activo en alguno de los grupos de investigación registrados en Colciencias por parte de la Universidad EAFIT. 
  3. El candidato principal y su suplente deberán pertenecer a escuelas diferentes.

-Comité de Escalafón: 

  1. Ser profesor de tiempo completo o medio tiempo de la Universidad EAFIT y no tener el carácter de jefe de departamento, decano o director. 
  2. Ser un profesor escalafonado de acuerdo con el Sistema de Escalafón por Puntos. 
  3. El candidato principal y su suplente deberán pertenecer a escuelas diferentes.


Procedimiento para realizar la inscripción de los candidatos 

Todos los candidatos, antes de inscribirse, deberán tener conocimiento tanto de la composición como de las funciones que tiene cada cuerpo colegiado al que se están postulando y que se encuentran contempladas en los Estatutos Generales de la Universidad EAFIT, el Estatuto Profesoral, los reglamentos académicos de los programas de pregrado y posgrado, y demás normativas y políticas de la Institución.

De igual manera, deberán tener en cuenta que no podrán inscribirse como candidatos aquellos que tengan compromisos pendientes relacionados con movilidades académicas o períodos sabáticos, en caso de que estas situaciones coincidan con la época en la que ejercerían su representación. Esta restricción aplica por igual para principales y suplentes, y tiene como propósito evitar que algún estamento se quede sin representación.

Para postularse como candidatos a los diferentes cuerpos colegiados deberán solicitar la inscripción de su candidatura en la plancha que determinen para este efecto, con el nombre que decidan asignarle. Podrán hacerlo, entre el 25 de marzo y el 12 de abril de 2019, en la Dirección de Desarrollo Humano-Bienestar Universitario, ubicada en el cuarto piso del bloque 29.

La solicitud de la inscripción de la candidatura deberá contener lo siguiente:

  1. Nombres y apellidos completos de quienes conforman la plancha, indicando quién será el candidato principal y quién, o quiénes, serán los candidatos suplentes.
  2. Número y tipo de identificación personal.
  3. Escuela a la que se encuentran adscritos.
  4. Cuerpo colegiado al que se postulan. 
  5. Nombre de la plancha conformada por el candidato principal y su suplente.
  6. Un plan de trabajo en el que detallen las propuestas, con el fin de informarlo al resto del cuerpo profesoral, y que será publicado en los canales institucionales avalados e informados por el Consejo Electoral.
  7. Las firmas del candidato principal y suplente(s). 

Ningún candidato podrá postularse simultáneamente para dos o más cuerpos colegiados. 


Votos requeridos para la elección de los representantes 

Todos los profesores vinculados mediante contrato de trabajo con la Universidad podrán ejercer su derecho al voto para la elección de sus representantes a los cuerpos colegiados.

Los representantes profesorales a los Consejos de Escuela serán elegidos, exclusivamente, por los profesores vinculados mediante contrato de trabajo con la Universidad que se encuentren adscritos a la escuela respectiva.  

Los representantes profesorales al Comité de Escalafón solo podrán ser elegidos por los profesores escalafonados de acuerdo con el sistema por puntos.  

Las votaciones para la elección de representantes profesorales a los diferentes cuerpos colegiados serán válidas, siempre y cuando, el derecho al voto sea ejercido en los porcentajes que se señalan a continuación: 

  • Consejo Directivo y Consejo Académico: 30 por ciento más uno de los profesores de planta y profesores temporales, y un cinco por ciento más uno de los profesores de cátedra de pregrado.
  • Consejo de Escuela: 30 por ciento más uno de los profesores de planta y profesores temporales de la escuela respectiva, y un cinco por ciento más uno de los profesores de cátedra de pregrado activos de la escuela correspondiente.
  • Comité de Investigaciones: 30 por ciento más uno de los profesores de planta y profesores temporales, y un cinco por ciento más uno de los profesores de cátedra de pregrado activos.
  • Comité de Escalafón: 30 por ciento más uno de los profesores escalafonados de acuerdo con el sistema por puntos. 

La elección de los representantes profesorales a los diferentes cuerpos colegiados se hará por mayoría de votos, de forma virtual desde cualquier lugar del mundo, a través del Portal Web Institucional, y de manera presencial en diferentes puntos del campus. 

Durante los días de elecciones no se permitirá ninguna clase de acción proselitista en los puntos de votación. El Reglamento de Elecciones se puede consultar en el siguiente enlace: www.eafit.edu.co/elecciones.

Invitamos a todos los profesores a participar de este proceso para motivar un entorno de participación, formación cívico-ciudadana, respeto, diversidad y pluralidad que aporte a los compromisos consignados en el Itinerario EAFIT 2030. 


Juan Luis Mejía Arango
Rector 

Medellín, jueves 7 de marzo de 2019

Convocatoria a elecciones de representantes profesorales a los cuerpos colegiados