El Ministerio de Justicia y del Derecho pretende buscar mecanismos que permitan descongestionar la justicia, al ser la administración de esta en el país una de las quejas más formuladas por los ciudadanos.
Por esta razón se creó el Proyecto de ley de contravenciones penales, que fue expuesto en EAFIT este 17 de septiembre por Yesid Reyes Alvarado, ministro de Justicia y del Derecho, durante un foro organizado por la Escuela de Derecho de la Universidad. El evento contó con la presencia de Juan Carlos Álvarez, docente de la Institución, y Juan Oberto Sotomayor Acosta, como moderador.
“Tenemos una serie de proyectos en el Ministerio que están orientados fundamentalmente a la descongestión, pero a través de la idea central de acercar la justicia al ciudadano, para que este recupere un poco más la confianza en la administración de justicia.
Estamos en unos niveles de desconfianza del 80 por ciento y creemos que son susceptibles de revertirse si somos capaces de identificar correctamente los problemas y brindar soluciones puntuales”, explicó el Ministro.
De esa forma, indicó que con el fin de que otras personas distintas de la Fiscalía ejerzan la acción penal se elaboró y se presentó el Proyecto de ley de contravenciones penales, que a la fecha ha sido aprobado en primer debate, es decir que aún faltan tres debates más en el Congreso, por lo que se puede enriquecer con observaciones o corregir.
Los principales cambios
De acuerdo con Reyes Alvarado, se creó un tercer título en el Código Penal que habla de las contravenciones penales y se usó la lista que tiene actualmente el Código de Procedimiento Penal para traspasar a ese título de las contravenciones todo lo que hoy en día son delitos querellables.
“Tomamos todas las conductas que hoy son querellables, las convertimos en contravenciones especiales, -la descripción típica y la pena quedan igual - las pasamos al título de contravenciones especiales y mantenemos dentro de la categoría de delitos las lesiones, los hurtos el daño, etc., que hoy en día son delitos. Esa es la primera gran modificación”, señaló el Ministro.
La segunda modificación tiene que ver con la creación de un procedimiento especial para estos delitos, que lo haga más ágil y breve, dentro del cual quedarán cobijados también los hurtos de teléfonos celulares que no son delitos querellables, en la actualidad, y que no van a ser convertidos en contravenciones especiales, sino que quedarán tramitables por este procedimiento abreviado, lo mismo que el delito de inasistencia alimentaria.
“La idea en este procedimiento es reducir de cinco a dos audiencias. Una primera concentrada -que reúne básicamente la audiencia de imputación, la de acusación y la preparatoria- y luego una segunda audiencia que va a tener que ver fundamentalmente con el desarrollo del juicio y la emisión de la sentencia”, refirió el Ministro.
Una tercera modificación se relaciona con las figuras del acusador privado y el fiscal negociador, las que son aplicables para contravenciones penales, y en las que hay limitaciones en cuanto a la posibilidad de ejercer actos de investigación complejos por parte de ese acusador privado.
Mayores Informes
Alejandro Gómez Valencia
Periodista Área de Información y Prensa EAFIT
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