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Reforma Policial, reparación ciudadana

​​​​​​Por: Silvana Olaya Zapata, Antioquia Visible.​

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R​eformar o reestructurar un cuerpo policial no es, ni ha sido nunca, tarea fácil. A lo largo de la historia, las reformas policiales solo son asumidas por un gobierno cuando la situación llega a un estado envuelto por la crisis en donde la corrupción, la incompetencia e incapacidad por parte de los cuerpos policiales para controlar la criminalidad y atender adecuadamente las necesidades, no dan abasto y la institución pide a gritos una reforma.

Por un lado, la ciudadanía, los sectores económicos, culturales y, sobre todo, colectivos juveniles, exigen acciones inmediatas a los mandatarios porque señalan al cuerpo policial de corrupto y lejano; por otra parte, la institución policial se defiende y justifica su actuar a partir de las garantías insuficientes por parte del Estado y la poca comprensión por parte de la ciudadanía.

Estas situaciones de injusticia y descontento para el conglomerado social ponen al Gobierno a tomar decisiones trascendentales, y en estos casos, a realizar una reforma del estamento policial.

A nivel internacional se han dado algunos cambios cruciales y existen procesos de reformas policiales que han trascendido. Unos de orden estructural “como la transformación a la que fueron sometidos los cuerpos de policía en España a partir del fin de la dictadura de Franco en 1976" (Casas,1994), y “otros de orden operativo y gerencial como la depuración y reingeniería a la que fue sometida el cuerpo de policía de Nueva York" (Casas,1994).

En el caso colombiano, la tendencia a reformar los estatutos tiende a ser revertida, pues la presión de los medios, la victimización e imposición de la institución policial y la indignación por parte de la ciudadanía, hace que se dificulte el ambiente para llevar a cabo el desarrollo de una reforma, pues con todo esto se pierde el fin principal que sería luchar por una constitución transparente que mejore la seguridad ciudadana. Nuestro país, cuenta con dos experiencias, la primera de ellas fue el proceso de reforma institucional realizado por la Administración del presidente Gaviria en el año 1993, y la segunda, la constitución de la Misión Especial para la Policía por parte de la Administración del ex presidente Álvaro Uribe en el 2003.

En concordancia con lo dicho, después del suceso ocurrido el pasado 9 de septiembre del 2020 en medio de un arresto, donde el ciudadano Javier Ordoñez murió en un centro médico, luego de que dos policías le propiciaran varias descargas eléctricas con un 'taser' mientras el suplicaba que se detuvieran, más la indignación producida en la sociedad; los dirigentes se vieron obligados y presionados implícitamente a proponer una reforma estructural que modifique conductas, exija mayor rigurosidad a la hora de hacer selección de personal, ordene una mayor capacitación para quienes hacen uso de la fuerza y propicie una veeduría independiente que ejerza control.

Por fin, después de varios intentos en 30 años de quitarle el carácter militar, se busca un cambio de fondo en la institución que responda a las condiciones de la sociedad y de la democracia; por lo cual, la Comisión Primera de la Cámara de Respresentantes, presentó el proyecto de ley número 411 de 2020, por medio de la cual se dictan medidas para la prevención y sanción de los abusos en la actividad de policía.

Así pues, el proyecto que consta de 29 artículos tiene como propuestas centrales el fortalecimiento del carácter civil, la prohibición de prácticas y procedimientos arbitrarios e irregulares, la política de reclutamiento y formación, la creación de mecanismos externos de control, depuración de funcionarios y el sistema nacional de participación ciudadana.

A su vez, recoge las recomendaciones de Naciones Unidas, organización que sugiere que las personas que carecen de competencias humanas y pertenecen a las instituciones públicas, deben ser excluidas. Asimismo, el Consejo de Seguridad destaca que la reforma del sector de la seguridad en entornos donde se está llevando a cabo un proceso de postconflicto debe ampliar la autoridad legítima del Estado, para evitar que los países recaigan en el conflicto.

Adicionalmente, se radicó un proyecto de Acto Legislativo para garantizar que las violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario sean juzgados por la justicia ordinaria y no por la Justicia Penal Militar, en armonía con la jurisprudencia nacional y las recomendaciones recibidas por organismos internacionales de derechos humanos.

En resumen, los cambios que están propuestos para que sean comprendidos en la reforma de la Policía Nacional, son:

1. El fortalecimiento del carácter civil de la Policía Nacional:  ésta pasará a depender del Ministerio del Interior y podrá comprender acciones que sean propias de las Fuerzas Militares.

2. La prohibición de prácticas y procedimientos arbitrarios e irregulares: se crean nueve principios sobre el uso de la fuerza.

3. Política de reclutamiento y formación: La Defensoría del Pueblo será la encargada de aprobar los planes de formación en materia de derechos humanos, democracia y paz.

4. Mecanismos de control externo: Se elimina la figura del Comisionado Nacional de la Policía y se crea una Auditoría Policial adscrita a la Defensoría del Pueblo, la cual recibirá denuncias ciudadanas y las presentará ante autoridades competentes, emitirá informes trimestrales y anuales sobre la Policía Nacional y los derechos humanos, entre otros.

5. Depuración de funcionarios: se crea una Comisión que funcionará por tres años y tendrá la labor de qué agentes policiales son aptos para estar en el cargo y quienes no.
Se espera pues, que esta iniciativa por parte de algunos congresistas trascienda y se reformen las insuficiencias que existen en un cuerpo de autoridad tan importante que al día de hoy genera más miedo y repulsión que cercanía y confianza.