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​Opinión:
El nuevo alcance de las medidas provisionales de la Corte IDH

Diana María Molina Portilla, profesora de la Facultad de Derecho de la Universidad de Nariño.
Miembro del Comité Asesor del Capítulo Colombia de ICON-S



El 28 de mayo del 2019, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), por conducto de su Presidente, haciendo uso de la facultad para supervisar el cumplimiento de las sentencias, le ordenó al Estado salvadoreño la suspensión inmediata del trámite legislativo del proyecto denominado “Ley Especial de Justicia Transicional y Restaurativa para la Reconciliación Nacional” -Ley de Reconciliación Nacional-.

Esta orden se dictó en el marco de la supervisión de cumplimiento de la sentencia de las masacres de El Mozote y lugares aledaños contra El Salvador, en la cual se declaró internacionalmente responsable al Estado, entre otras cosas, por el incumplimiento de los deberes de adecuar su derecho interno a las disposiciones convencionales, y de investigar, juzgar y sancionar a los responsables de graves violaciones a los derechos humanos.


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Esta columna fue publicada en www.ambitojuridico.com el 30 de julio de 2019.



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