Actualmente, y en medio de la contingencia económica que vive el país, según lo ha establecido el Gobierno Nacional a través de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), cerca de 3.5 millones de personas naturales adelantan el proceso de declaración de renta, un impuesto basado en las ganancias, los salarios, las comisiones y otros ingresos generados por las actividades económicas durante el año 2019. ¿Cuáles son las recomendaciones de expertos para presentar la declaración de renta?
Para profesores de las escuelas de Administración, y Economía y Finanzas de EAFIT, lo más importante a la hora de presentar la declaración de renta es consignar tanto los ingresos como los bienes, compras, consumos y transferencias a través de los medios digitales que fueron realizadas durante el año anterior, con el fin de realizar el cálculo tributario acorde con la realidad financiera de los contribuyentes.
“Hoy en día tenemos varios tipos de ingresos, básicamente, son los que vienen de las relaciones laborales o los salarios. Un grupo es lo que llamamos rendimientos de capital, los intereses que recibimos cuando hacemos inversiones. Todo aquello que nos rente algún tipo de inversión de costo financiero, donde se pague una tasa de interés. Otro grupo de ingresos laborales es si usted vende productos o si tiene algún tipo de comisión. Otro es el tema de pensiones y de dividendos, cuando personas naturales o jurídicas tienen inversiones en compañía”, explica Leonardo Sánchez Garrido, magíster en Administración y profesor del Departamento de Contaduría Pública de EAFIT.
Aunque se establecen ciertas condiciones para presentar esta declaración, apuntan los analistas, esto no significa que todas las personas naturales tengan que pagar el impuesto sobre la renta, pues también existen condiciones de exención determinadas por ley. Por esto, mantener el control de las finanzas, verificar las condiciones actuales del patrimonio y saber cuáles son las rentas exentas son factores claves al momento de contribuir con los impuestos al Estado.
“A algunos contribuyentes les ha llegado un correo electrónico dónde tienen una declaración de renta sugerida, que es de alguna manera un resumen de lo que tiene reportado por terceros en medios magnéticos. Pero esa declaración de renta es inexacta, es un borrador y como la DIAN lo expresa es responsabilidad de cada contribuyente tener claridad acerca de la normatividad del estatuto tributario en Colombia. Normalmente no vienen determinadas en el patrimonio bruto todas las deducciones”, comenta el profesor Leonardo, quien forma parte del grupo de investigación en Información y Gestión del Departamento de Finanzas de EAFIT.
Este trámite, sin embargo, debido a constantes reformas tributarias de las últimas décadas, que han cambiado las reglas del juego constantemente, se ha convertido en un problema para muchos colombianos que desconocen si deben ser declarantes, además por las posibles sanciones fiscales al no cumplir con estas obligaciones.
Lo que no se debe hacer
Para este procedimiento, en la actualidad, la Dian dispone de herramientas digitales para realizar la declaración con la implementación de la firma electrónica. De igual manera, cada vez más se desarrollan plataformas en internet y aplicaciones que ayudan a los agentes económicos a realizar este proceso correctamente. Lo ideal, no obstante, es contar con el acompañamiento de un contador público que sepa aplicar las disposiciones en materia tributaria.
“Hay que tener mucha claridad en los distintos tipos de ingreso, porque muchas veces las personas no solamente tienen un ingreso salarial, sino que puede tener otro tipo de ingresos de renta, por ejemplo, arriendos u otros honorarios y servicios. También puede tener ingresos por las inversiones, entonces lo más importante es tener identificado la fuente de ingresos para que se no vaya a hacer alguna omisión”, expresa Raúl Armando Cardona Montoya, economista y profesor del Departamento de Finanzas de EAFIT.
Frente a los errores más frecuentes a la hora de elaborar la declaración, se encuentra que muchas de las personas no acostumbran a llevar una adecuada contabilidad de sus finanzas personales. Por lo tanto, verificar el estado de las cuentas de ahorro, inversiones y transacciones económicas a través de los medios magnéticos resulta esencial para cumplir con esta obligación fiscal.
“A veces las personas pagan más impuestos de lo normal por no hacer una planeación financiera adecuada. Por ejemplo, se puede deducir lo de una cuenta de ahorros y fomento de la construcción (AFC) y muchos no conocen esto, entonces lo que están haciendo es tributar más de la cuenta. Lo importante es cumplir la norma, pero también tratar de hacer una buena planeación financiera y tributaria”, manifiesta Raúl Cardona.
Otro de los puntos que recomienda tener presente el profesor Leonardo Sánchez es que “puede suceder que se tenga que declarar un año porque se cumple con alguno de los requisitos. Y si al año siguiente no se cumple con los topes, lo que normalmente va creciendo por la inflación, no se tendrá que declarar el año gravable. En la medida en que se van obteniendo los ingresos, bien sea por servicios o salarios, se va practicando la retención en la fuente. Esto no es un impuesto sino un mecanismo de pago anticipado de los impuestos. Ahora que hacemos la declaración de renta, totalicemos cuánto es el impuesto neto de renta. Supongamos que tienes 100 pesos y si el impuesto de retención en la fuente es 80, realmente solo tiene que pagar 20 pesos”.
Para terminar, es necesario tener presente que la Dian establece cada año los topes para esta declaración en Colombia, que está fijada para las personas con ingresos anuales superiores a $47'978.000, es decir, quien obtenga ingresos equivalentes a un salario cercano a los 4 millones mensuales, en promedio, deberá realizar la tributación. Además, quienes excedan un patrimonio bruto de 4.500 Unidades de Valor Tributario (UVT), o sea, un tope de $154'215.000 también tendrán que contribuir con el impuesto a la riqueza. Los valores para pagar, una vez obtenida la declaración, varían dependiendo la renta líquida del 0% al 39%.
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Alejandro Gómez Valencia
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