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Autoridades de Tránsito implementarán infracción de protección ambiental D-17

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​​Escrito por Publimotos    

Viernes, 17 de Enero de 2014 16:13

Jhon Alexander Romero Subdirector de Contravenciones de La Secretaría Distrital de Movilidad nos contó que dicha entidad en coordinación con la Policía Metropolitana de Tránsito de Bogotá, puso ya en marcha la infracción D-17, que faculta a los uniformados de tránsito para imponer un comparendo cuando este detecte que un vehículo automotor este generando emisión contaminantes o generación de ruido.

El conductor tendrá 15 días hábiles para reparar y presentar su vehículo en un centro de diagnóstico automotor (CDA) autorizado, para su respectiva revisión de gases, con el fin de inspeccionarlo y dar la respectiva aprobación o en su defecto el rechazo.

Si la prueba arroja como resultado aprobada, el conductor deberá presentarse dentro de los mismos 15 días hábiles mencionados anteriormente con la copia del resultado, ante la Secretaría Distrital de Movilidad  ubicada en la CALLE 13 No 37-35 PISO SEGUNDO en el horario de 07:00 a.m. a 04:00 p.m. para evitar la imposición de las sanciones.

Si la prueba arroja como resultado rechazada, el infractor tiene un plazo de 15 días hábiles más contados a partir de la finalización de los primeros 15 días, para que el vehículo sea reparado y presentado nuevamente al CDA.

Si la persona NO SE PRESENTA ante el Centro de Diagnóstico Automotor o al laboratorio autorizado, ni ante  la Secretaría Distrital de Movilidad, dentro de los plazos señalados anteriormente, se impondrá una multa  de 60 salarios mínimos diarios legales vigentes y ordenará la inmovilización del vehículo.

Si el conductor ACUDE  al Centro de Diagnóstico en los plazos establecidos, pero la prueba arroja definitivamente resultado rechazado, al día 31 hábil contado a partir de la imposición de la infracción, se impondrá una multa de 30 SMDLV equivalentes a $ 616.000 pesos y ordenará la inmovilización del vehículo.

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Última modificación: 31/03/2015 14:09