La Rectora de la Universidad EAFIT, en ejercicio de sus facultades estatutarias y
CONSIDERANDO:
1. Que el Consejo Directivo de la Universidad EAFIT, en sesión del 26 de octubre de 2022, aprobó el nuevo Estatuto Profesoral, el cual empezó a regir el 15 de noviembre de ese mismo año.
2. Que en el marco de la creación del Estatuto Profesoral 2022 se tuvo como premisa establecer mecanismos que faciliten el tránsito de los profesores desde los sistemas de Escalafón Basado en Puntajes y de Carrera Académica, definidos en los estatutos anteriores; y que para ello se logró un acuerdo durante su construcción colectiva con participación activa del estamento profesoral.
3. Que el numeral 1 del artículo 36 de los Estatutos Generales de la Universidad establece, dentro de las funciones propias de la Rectora, “dirigir el funcionamiento general de la Universidad, trabajar por su engrandecimiento y disponer o proponer a las instancias correspondientes, las acciones necesarias para lograr los objetivos institucionales.”
4. Que el artículo 93 del Estatuto Profesoral 2022 señala que “por delegación del Consejo Directivo, la Rectoría podrá establecer condiciones específicas y plazos para promover la vinculación al presente Estatuto por parte de los profesores vinculados a la Universidad EAFIT con contrato a término indefinido, suscrito con anterioridad al quince (15) de noviembre de 2022.”
5. Que, de conformidad con la facultad descrita, y derivado de la aprobación del Estatuto Profesoral 2022, la Rectoría estableció un régimen de transición hacia el nuevo Estatuto, con una ventana de tiempo vigente entre el 15 de noviembre de 2022 y el 1 de diciembre de 2023, mediante la Resolución Rectoral 005 del 21 de noviembre de 2022.
6. Que a la fecha 123 profesores y profesoras (cerca del 40%) se han acogido al nuevo Estatuto y otro número de profesores, aún continúan en el proceso de transición, recopilando la información necesaria para culminar su trámite y así obtener los beneficios que se ofrecen a quienes se acogen durante esta fase.
RESUELVE
Artículo primero. Extender el período del régimen de transición establecido en la Resolución Rectoral 005 del 21 de noviembre de 2022 hasta el 30 de junio de 2024, con el propósito de que los cerca de 140 profesores y profesoras que siguen en el proceso, así como otros interesados, puedan acceder a los beneficios de la transición.
Artículo segundo. Reafirmar el área de Asuntos Profesorales de la Dirección de Desarrollo Humano-Bienestar Universitario como la encargada de brindar asesoría para que los profesores puedan evaluar adecuadamente su situación individual y tomar decisiones libres e informadas. Esta asesoría estará disponible para todos los profesores interesados en hacer la transición, y se les alienta a buscar orientación antes de tomar una decisión definitiva.
Esta medida busca garantizar que todos los profesores estén debidamente informados y tengan el tiempo necesario para decidir su tránsito al nuevo Estatuto, promoviendo un cambio fluido y favorable para toda la comunidad profesoral.
Artículo tercero. Fijar la fecha de 30 de junio de 2024 como límite para que los profesores que deseen acogerse al Estatuto Profesoral 2022 expresen por escrito a la Dirección de Desarrollo Humano-Bienestar Universitario su decisión voluntaria, de acuerdo con las condiciones específicas e incentivos establecidos en el régimen de transición establecido en la Resolución Rectoral 005 del 21 de noviembre de 2022.
Artículo cuarto. Establecer que la clasificación surtirá efectos a partir de la fecha de solicitud del profesor de acogerse al Estatuto Profesoral 2022, en la categoría que corresponda.
Artículo quinto. Definir que las solicitudes de ingreso al Estatuto Profesoral 2022 que se reciban en la Dirección de Desarrollo Humano-Bienestar Universitario, con posterioridad del 30 de junio de 2024, se harán con sujeción a las normas establecidas en el Estatuto Profesoral 2022 y quedarán excluidas de las condiciones específicas, exoneraciones e incentivos previstos en el régimen de transición establecido en la Resolución Rectoral 005 del 21 de noviembre de 2022.
Frente a la presente Resolución no procede recurso alguno.
Publíquese y cúmplase,
Dada en Medellín, al primer día del mes de diciembre de 2023.