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Elecciones EAFIT Skip Navigation Linksresolucion001-2021 Resolución rectoral no. 001 del 19 de mayo de 2021

Resolución rectoral no. 001 del 19 de mayo de 2021 por medio de la cual se procede a suspender el proceso de elecciones a los cuerpos colegiados de representantes profesorales y estudiantiles​

La Rectora de la Universidad EAFIT de conformidad con sus atribuciones estatutarias, y

​CONSIDE​RANDO

  1. Que de acuerdo con los Estatutos Generales de la Universidad EAFIT, artículo 26 numeral 12, es una función del Rector “Reglamentar la elección de profesores, estudiantes, egresados y demás miembros que, de conformidad con las normas legales y estatutarias, deban hacer parte de los organismos colegiados de la Universidad; y efectuar oportunamente la convocatoria cuando se produzca la vacante o se termine el período de alguno de ellos”.

  2. Que la Rectora de la Universidad EAFIT, en virtud a la facultad contemplada en los Estatutos Generales de la Institución, decidió adoptar el “Reglamento de Elecciones de Representantes Profesorales y Estudiantiles a los Cuerpos Colegiados”, y en el cual determina que el Consejo Electoral es la máxima autoridad en las elecciones de representantes profesorales y estudiantiles a los cuerpos colegiados y le asigna como función, en el artículo 37 numeral 2, establecer el calendario electoral y realizar las modificaciones que considere pertinentes.

  3. Que el Consejo Electoral, a raíz de la situación política, social y de orden público que vive el país, el tercer pico de la pandemia, los retos que se tienen en estos tiempos, y las decisiones académicas que la Institución ha tomado con el fin de promover que todos los estudiantes puedan continuar y culminar su semestre, en su reunión extraordinaria del día 7 de mayo de 2021, tomó la decisión de solicitarme, de manera excepcional, aplazar el proceso de elecciones de representantes profesorales y estudiantiles, el cual fue convocado el 23 marzo de 2021, de manera que pueda llevarse a cabo a más tardar al inicio del semestre 2021-2.

  4. Que según lo consagrado en los Estatutos Generales de la Universidad EAFIT, artículo 32 numeral 7, es una función del Secretario General firmar las resoluciones del Rector.

En consecuencia:

RESUELVE

​Aplazar la programación de las elecciones de:

  • Representantes de los estudiantes de pregrado ante el Consejo Directivo, Consejo Académico, Consejos de Escuela y los Comités de Carrera para el período comprendido entre 2021-2 y 2022-1.
  • Representantes de los estudiantes de posgrado al Consejo Académico para el período comprendido entre 2021-2 y 2022-1.
  • Representantes de los profesores ante los consejos Directivo, Académico y de Escuela; y el Comité de Investigaciones para el período comprendido entre 2021-2 y 2023-1; y al Comité de Escalafón para el periodo entre 2021-2 y 2022-1.

De esta manera, el proceso de elecciones de representantes profesorales y estudiantiles se retomará a más tardar al inicio del período 2021-2, para lo cual el Consejo Electoral establecerá un nuevo calendario electoral.

​Contra la presente Resolución no procede recurso alguno.

Publíquese y cúmplase,

Dada en Medellín, a los diecinueve (19) días del mes de mayo de 2021.

​MARITZA ALZATE BUITRAGO
Secretaria General

Resolución rectoral no. 001 del 19 de mayo de 2021