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Elecciones EAFIT Skip Navigation Linksrequisitos-candidatos-representantes-profesorales2023 Requisitos de los candidatos como representantes profesorales al Comité de Desarrollo Profesoral

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​Eleccion​​​es
de ​​Repre​s
2023

Una elección que nos tra​nsforma

 




 

Requisitos de los candidatos como representantes profesorales al Comité de Desarrollo Profesoral​

  1. Ser profesor de tiempo completo o medio tiempo de la Universidad EAFIT y no tener el carácter de decano de Escuela, decano asociado para programas académicos o director de área.
  2. Ser un profesor perteneciente a alguno de los sistemas de clasificación y ascenso profesoral vigentes, de las categorías profesoral: asociado, titular y distinguido.
  3. No haber sido sancionado disciplinariamente, según el Reglamento Interno de Trabajo.
  4. No haber sido inhabilitado por el Comité Electoral Universitario.

El candidato y el suplente deben asegurarse de que sus compromisos derivados de movilidades o período sabático no coincidan en el mismo semestre durante la época en la cual se ejercería la representación, con el fin de evitar que el cuerpo colegiado respectivo quede sin representación.


Procedimiento para realizar el proceso de inscripción de los candidatos

Los interesados en postularse como candidatos al ​Comité de Ciencia, Tecnología e Innovación deberán solicitar la inscripción de su candidatura entre el 31 de julio y el 6 de agosto de 2023​, a través del formulario dispuesto en este enlace, el cual debe ser diligenciado por el candidato principal.

La recepción de los formularios se hará en días hábiles con corte a las 3:00 p.m. y la respuesta frente a la solicitud de la candidatura se enviará dentro de los 3 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.

Solo serán analizadas aquellas postulaciones presentadas a través del enlace mencionado y que sean diligenciadas de manera completa.

La solicitud de la inscripción de la candidatura deberá contener lo siguiente:

  1. Nombres y apellidos completos de los candidatos, indicando quién será el principal y quién será el suplente.
  2. Escuela a la que se encuentran adscritos.
  3. Área a la que pertenecen.
  4. Cuerpo colegiado al que se postulan.
  5. Un plan de trabajo en el cual se detallen las propuestas, con el fin de informarlo al público profesoral, y el cual será publicado en los canales institucionales avalados e informados por el Comité Electoral Universitario.
  6. Firma del candidato principal y el suplente en el plan de trabajo.

Ningún candidato podrá postularse simultáneamente para dos o más cuerpos colegiados.

Los representantes de los estudiantes y profesores podrán ser reelegidos en cualquier tiempo, hasta por un período más.

Todo candidato a representante, antes de inscribirse, deberá tener conocimiento tanto de la composición como de las funciones que tiene cada cuerpo colegiado al que se postula, y que se encuentran establecidas en los Estatutos Generales de la Universidad EAFIT, Estatuto Profesoral, Reglamentos Académicos de los Programas de Pregrado y Posgrado, y demás normas internas de la Universidad EAFIT.

Cada candidatura deberá estar conformada por el candidato principal y el suplente o los suplentes, según el cuerpo colegiado al cual se postulen de acuerdo con lo contemplado en el Reglamento de elección y representación estudiantil y profesoral ante los cuerpos colegiados.

En ningún caso la candidatura constituye o podrá asociarse a un partido o movimiento político.

Cada candidatura será identificada con un número y no se permitirá utilizar en la inscripción alguna denominación asociada a un colectivo; sin embargo, será posible asociarse entre candidatos para promover la campaña y el ejercicio comunicacional de la misma.

Nota: El plan de trabajo con las firmas del candidato principal y suplente(s) se debe adjuntar en e​l enlace del formulario de inscripción en un archivo pdf, usando el formato que puedes descargar aquí.


Umbral

Comité de Desarrollo Profesoral: veinte por ciento (20%) más uno de los profesores de planta.

Para los profesores de cátedra pregrado activos no se debe cumplir un umbral mínimo.​


 



Requisitos de los candidatos como representantes profesorales al Comité de Desarrollo Profesoral