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Comunicado n° 42 - Evaluación del aprendizaje en los programas de posgrado durante la contingencia del covid-19

​Ante las circunstancias inherentes a la declaración del Estado de Emergencia por el covid-19, emitida por el Gobierno Nacional, y como respuesta a nuestro compromiso institucional de garantizar la continuidad del aprendizaje, les compartimos algunas orientaciones acerca de la aplicación del Reglamento Académico del Posgrado, Título II, Capítulo IV, artículos del 46 al 58:

1. Programación académica. La programación académica, prevista para la semana del 16 al 21 de marzo, se pospone para su realización en la semana siguiente, y así sucesivamente hasta culminar la programación que se tenga prevista. Esto para los cursos, seminarios o módulos integrados que tengan una duración semestral o anual, tanto como para los que no, porque sean de desarrollo intensivo.

Se mantendrá la misma dinámica de posponer en su orden las semanas, hasta llegar al final del curso y darle paso al Balance Académico.

Con base en lo anterior, los términos de los calendarios de cada programa deberán ajustarse para reflejar este cambio en todo lo referente a evaluaciones, cancelaciones u otros hitos o trámites académicos, en función de mantener el calendario y el horario establecido para cada uno de los cursos de posgrado. Así mismo, cada profesor ofrecerá su clase en el día y la hora que habitualmente se tienen y por consiguiente los estudiantes deberán conectarse o contactarse de manera sincrónica en los horarios ya establecidos.

El profesor podrá ajustar el tiempo de su clase remota según sus objetivos para cada sesión, así como definir horarios extra para la atención sincrónica de estudiantes.

El profesor podrá poner a disposición de los estudiantes materiales de aprendizaje (indicaciones, guías de actividades, recursos de consulta, etc.) en diversos formatos (texto, audio, video), así como espacios de interacción (debates y foros en línea) que podrán ser consultados de manera asincrónica por los estudiantes.

2. Calendario académico. El calendario registrado en Sirena y divulgado desde allí a los estudiantes, normalmente es inmodificable. No obstante, transitoriamente y por razones de excepción, podrá ser modificado en sus diferentes aspectos por parte de los docentes, siempre y cuando sea por razones sustentables y consecuentes con los cambios en la programación académica y el tránsito a la modalidad virtual, previa consulta con el coordinador del programa y habiéndose comunicado con suficiente antelación a los estudiantes. Toda modificación ha de registrarse de inmediato por parte del profesor en el aplicativo Sirena , el cual se mantendrá habilitado y en constante seguimiento por parte de la Oficina de Admisiones y Registro.

Para la solución de dudas, la persona de contacto es Lina Galvis lgalvis2@eafit.edu.co.

3. Artículo 46. “Evaluación del aprendizaje como asimilación de un saber impartido”. Frente a este concepto, enunciado en el Artículo 46, es oportuno incentivar y valorar entre los estudiantes adultos de posgrado el autoaprendizaje, mediante el acceso autónomo a la información pertinente para procesar, elaborar y personalizar el conocimiento a lo largo de la vida. Al efecto, el profesor puede contribuir cumpliendo el papel de orientador, acompañante o tutor.

En atención a que el aprendizaje de un estudiante no solo depende del conocimiento ofrecido por el profesor, es importante entrar a valorar y a reconocer el desarrollo de competencias cognitivas, axiológicas, actitudinales, metodológicas y de transferencia del saber al saber hacer, entre otros, a campos diferentes de aplicación de aquel en el que originalmente se aprendió.

4. Artículo 47. Tipo y cantidad de evaluaciones. Las acciones de evaluación registradas en el aplicativo Sirena por cada uno de los docentes y cursos, en principio, se mantienen vigentes, lo mismo que los porcentajes fijados para ellas frente a la calificación definitiva, solo que pospuestas en sus fechas para las semanas siguientes. Sin embargo, por razones justificables, y previo acuerdo de los profesores titulares del programa con los estudiantes del curso, se podrán considerar y plantear modificaciones de fechas, horas, tipos, cantidad y porcentaje. Todo cambio debe registrarse oportunamente en el aplicativo Sirena.

5. Inasistencia o no participación de un estudiante en una prueba evaluativa. En consideración a lo dispuesto en el Artículo 50 , donde se indica que “Salvo el caso de fuerza mayor, debidamente comprobada, el estudiante que no presente cualquiera de los exámenes […], en el día y hora fijados, tendrá una calificación de cero punto cero (0.0)”, será necesario constatar, antes de cualquier decisión académica, que la falta de presencia o participación de un estudiante en una acción de evaluación mediada por tecnología, no haya estado causada por problemas de desinformación, de comunicación o interacción. Cada profesor evaluará y decidirá responsablemente los motivos esgrimidos por el o la estudiante, buscando remediarlos de manera justa y oportuna.

6. Modalidades prácticas de evaluación. Las evaluaciones previstas mediante la realización de talleres, prácticas de laboratorios, salidas de campo, clases servicio y exposiciones grupales, en las que la presencialidad sea necesaria de acuerdo con el diseño del curso por parte del profesor a cargo, deben reprogramarse para cuando las condiciones de encuentro personal dejen de ser riesgosas para la salud. Si así fuese el caso, su aplazamiento temporal deberá ser consultado con el coordinador del programa y notificado oportunamente a los estudiantes, y las acciones que se reprogramen deben pactarse con participación de los mismos.

Si para el caso de los trabajos en grupo el profesor considera que la exposición y la participación de cada uno de los integrantes puede llevarse a cabo en forma virtual, tanto en sus aspectos teóricos como prácticos, no sería necesario su aplazamiento.

7. Artículo 48. Realización de pruebas escritas u orales mediadas por tecnologías. El artículo en mención autoriza la realización de pruebas orales o escritas, y la utilización de mediaciones tecnológicas para ello, con el fin de determinar los niveles de conocimiento o competencias que el estudiante pueda tener y evidenciar en un momento determinado.

Por tal motivo, y con el fin de agilizar la realización de evaluaciones mediadas por recursos tecnológicos, la Universidad pone a su servicio las siguientes estrategias de evaluación en línea:

a. EAFIT Interactiva: foros, exámenes en línea o cuestionarios.

b. Aplicativa web: Kahoot (cuestionarios en línea bajo el formato falso o verdadero y preguntas de selección múltiple).

c. MS Teams: juego de roles, exámenes orales y escritos.

d. Qualtrix: encuestas.

e. MS Forms: encuestas y cuestionarios rápidos.

f. Rubistar: elaboración de rúbricas.

Adicionalmente, en el sitio web www.eafit.edu.co/exa están disponibles materiales de orientación metodológica para la realización de evaluaciones en línea.

8. Artículo 49. Parágrafo único sobre exámenes o pruebas orales. Dada la posibilidad de realizar pruebas orales de evaluación haciendo uso de herramientas como MS Teams y otras, de las cuales quedan sus respectivos registros grabados para ser utilizados en caso de una reconsideración, reclamo o segundo evaluador, transitoriamente, y hasta una nueva decisión académica, la exigencia de participación o presencia en el examen de un segundo jurado designado por el director o coordinador del programa, tal como allí se indica, no se implementará.

9. Presentación de excusas médicas. Por las razones de todos conocidas, en relación con las recomendaciones a la población para no acudir a los centros de atención médica sino es en casos absolutamente indispensables, la condición de presentar excusa médica para justificar la no asistencia o participación en una acción de evaluación no será exigible mientras dure la emergencia sanitaria. La justificación presentada por cada estudiante se evaluará y admitirá por cada profesor teniendo como base la confianza y el buen desempeño administrativo en función del aprendizaje.

10. Retroalimentación para el aprendizaje. En virtud de la agilidad que posibilitan las tecnologías de la información en relación con las interacciones entre profesor y estudiante, el plazo de 10 días previsto para la retroalimentación del aprendizaje después de la realización de una prueba evaluativa parcial o final, y el reporte oficial de la calificación a Sirena, Artículo 58, podrá ser acortado a juicio del profesor, siempre y cuando se mantengan las garantías de atención a posibles reclamos o trámite de petición de segundo calificador.

Finalmente, invitamos a los profesores a mantener una actitud serena y de razonable flexibilidad en cuanto a la capacidad de uso o manejo de las herramientas digitales por parte de los estudiantes que no logren conectarse a tiempo, tengan un acceso deficiente a internet, o necesiten de un mayor tiempo para adaptarse a esta nueva manera de aprender, entre otras situaciones que factiblemente se les van a presentar. Igualmente, a mantener una comunicación abierta y constructiva con los estudiantes para que trabajemos en equipo con ellos, a partir de la convicción de que, en la adversidad, pueden generarse positivas e invaluables experiencias y aprendizajes.


Atentamente,

Claudia María Zea Restrepo
Vicerrectora de Aprendizaje

Medellín, 25 de marzo de 2020