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Organismos rectores

Consejo Superior

Es el más alto órgano en el orden administrativo y educativo de la Universidad. Establece las políticas generales en los campos académico, financiero, administrativo y de desarrollo. Nombra al Rector, al Vicerrector, al Revisor Fiscal y designa parte del Consejo Directivo. El Consejo Superior esta constituído por dos clases de miembros: honorarios y activos, todos ellos con voz y voto.

Consejo Directivo

Sus funciones administrativas son: tomar decisiones referentes al presupuesto de la Universidad; revisar la escala salarial del personal vinculado laboralmente; y crear y suprimir cargos administrativos, académicos y docentes. Además, en el orden académico, es el encargado de recomendar al Consejo Superior la creación de nuevos programas o la realización de modificaciones sustanciales en los existentes; establecer y mantener vigentes las becas para estudiantes, profesores, empleados e hijos de empleados; aprobar el estatuto profesoral; y nombrar o remover a los Decanos de las Escuelas, entre otras.

Lo integran seis miembros con voz y voto: presidente, vicepresidente y representante del Consejo Superior, representante de egresados con su suplente, representante de profesores con su suplente, representante estudiantil con dos suplentes. Así mismo, el Rector, con voz y sin voto, y un secretario. Los representantes de profesores y estudiantes se eligen por un período de un año y pueden ser reelegidos. Las convocatorias a las elecciones las hace el Rector.

Consejo Académico

Es el estamento que orienta y evalúa la política académica de la Universidad. Trata temas referentes a los planes de estudio tanto de los pregrados como los posgrados, las modificaciones al Reglamento Estudiantil, la aprobación del calendario académico, los casos académicos y disciplinarios de los alumnos, las becas estudiantiles, la aprobación de la evaluación de profesores y el funcionamiento de los departamentos académicos. También estudia y aprueba el reglamento de Bienestar Universitario.

El Consejo Académico está compuesto por las siguientes personas con voz y voto: el Rector, el Vicerrector, los decanos de las cuatro escuelas, el Director Administrativa y Financiera, el director de Planeación, el Jefe de Admisiones y Registro, los representantes profesorales y los representantes estudiantiles.

El Consejo Académico cuenta con el apoyo de los comités de Escalafón, de Investigaciones, de Admisiones y Registro, y Disciplinarios.

Consejo de Escuela

Es el encargado de velar por el desarrollo académico de la Escuela. Tiene como funciones proponer al Consejo Académico planes de investigación, de desarrollo docente y de extensión, así como controlarlos y evaluar su cumplimiento; aprobar los programas de los cursos; sugerir estudios sobre la actualización de los programas; y proponer a las autoridades universitarias candidatos a estímulos y a distinciones. De igual forma, presenta al Consejo Superior la creación, la fusión o la suspensión de programas académicos.

En cada Escuela existe un Consejo, asesor del Decano e integrado por: el Decano, quien lo preside; los jefes de departamento, un egresado graduado de la Escuela y designado por el Decano que no esté vinculado laboralmente con la Universidad, un profesor de la Escuela elegido por los profesores de la dependencia en votación universal, directa y secreta, para un período de un año; dos estudiantes de la Escuela elegidos por los estudiantes de la misma, en votación universal, directa y secreta. Los elegidos deben cumplir los requisitos del Representante Estudiantil ante el Consejo Directivo.

Comités de carrera

En los comités de carrera se revisan y actualizan los micro currículos de las materias del pregrado; y se atienden quejas y reclamos de estudiantes sobre la planta docente, reformas al pensum, y en general todos aquellos temas relacionados con el mejoramiento continuo del programa académico.

Comité de escalafón

Revisar la clasificación de los profesores y estudiar los incrementos de puntajes; evaluar los méritos de los docentes para su ingreso al escalafón; y atender los reclamos de los profesores sobre su clasificación y calificación en dicho escalafón que deberán ser resueltos por el Consejo Directivo, son algunas de las funciones de este estamento. Además, debe presentar cada semestre al Consejo Directivo un informe sobre el funcionamiento de todo lo relacionado con el Estatuto Profesoral.



Comité de investigaciones

Asesora al Consejo Directivo y al Rector en los aspectos relacionados con la investigación en la Universidad; y evalúa los avances y resultados de los proyectos de investigación, además de hacer recomendaciones. También aprueba, de acuerdo con las propuestas presentadas por el Director de Investigación y Docencia, los proyectos que se van a realizar.

Última modificación: 25/01/2012 15:00