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Universidad EAFIT
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​​Funciones del Rector​​​

  • Dirigir el funcionamiento general de la Universidad, trabajar por su engrandecimiento y disponer o proponer a las instancias correspondientes, las acciones necesarias para lograr los objetivos institucionales. Cada año debe presentar un informe de su gestión ante el Consejo Directivo.
  • Adoptar y orientar procedimientos apropiados de planeación, programación, dirección, ejecución, evaluación y control de las actividades de la Institución.
  • Adoptar los sistemas de información científica, información estadística, admisiones, registro y control académico, presupuesto, contabilidad, administración de personal, adquisiciones y suministros; almacenes, inventarios y administración de planta física, necesarios para el adecuado funcionamiento de la Universidad.
  • Presentar al Consejo Directivo, para su ratificación, el nombramiento de los vicerrectores, de los decanos y del secretario general junto con las calidades y la trayectoria académica y/o administrativa que acreditan para ejercer dichos cargos.
  • Nombrar y remover a los directivos y al personal de la Universidad con arreglo a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes y adoptar todas las decisiones concernientes a la administración de esas personas.
  • Presentar la estrategia para discusión y aprobación del Consejo Superior, al igual que sus seguimientos.
  • Presentar los planes o acciones asociados al incremento del patrimonio y endowment de la Universidad para aprobación del Consejo Superior, al igual que sus seguimientos.
  • Presentar el seguimiento al Plan de Desarrollo Institucional al Consejo Superior.
  • Presentar la propuesta de reforma de los Estatutos Generales para aprobación del Consejo Superior.
  • Presentar la propuesta de representantes legales suplentes para su designación por parte del Consejo Superior.
  • Presentar al Consejo Superior los Planes Maestros de la Universidad.
  • Ejecutar los procedimientos asociados para que el Consejo Superior otorgue las distinciones y los grados Honoris Causa.
  • Proponer al Consejo Directivo la creación, fusión y supresión de la estructura del primer nivel administrativo y académico, entendiendo como tal los cargos que dependen directamente del rector.
  • Someter el proyecto de presupuesto de ingresos y egresos de la Institución a consideración del Consejo Directivo.
  • Presentar al Consejo Directivo el proyecto de asignación de excedentes para ser sometido a aprobación del Consejo Superior.
  • Presentar al Consejo Directivo los estados financieros, junto con el informe de Revisoría Fiscal para ser sometido a aprobación del Consejo Superior.
  • Presentar al Consejo Directivo, cuando sea necesario, estudios sobre las tarifas de matrículas y demás derechos pecuniarios que pueda cobrar la Institución, y fijar el valor de los servicios de extensión y de investigación.
  • Velar por la conservación y el acrecentamiento del patrimonio económico, científico, pedagógico, cultural y artístico de la Universidad.
  • Dirigir y fomentar las relaciones nacionales e internacionales de la Institución.
  • Aprobar la política salarial para todo el personal vinculado laboralmente a la Universidad, excepto la de aquellos colaboradores que este asignado a otro órgano.
  • Representar judicial y extrajudicialmente a la Universidad, defender sus derechos y nombrar apoderados.
  • Aceptar donaciones y legados, celebrar operaciones de crédito y contratos, realizar actividades comerciales hasta la cuantía que el Consejo Superior establezca.
  • Enajenar o adquirir toda clase de bienes inmuebles hasta la cuantía que el Consejo Superior establezca.
  • Enajenar o adquirir toda clase de bienes muebles.
  • Alterar la forma de los bienes y darlos en hipoteca o prenda, o gravarlos o limitarlos, previa autorización del Consejo Directivo.
  • Celebrar contratos en que la Universidad entre como socia o accionista de una sociedad, previa autorización del Consejo Directivo.
  • Firmar letras, pagarés, cheques, giros, libranzas y cualesquiera otros títulos valores, así como endosarlos, negociarlos, cobrarlos, pagarlos, compensarlos, descargarlos, etc.; abrir, manejar y cancelar cuentas corrientes en las entidades bancarias.
  • Fijar los cupos máximos y mínimos de admisión de estudiantes para cada carrera y para cada período académico, de conformidad con las disposiciones legales que rijan sobre la materia.
  • Reglamentar la elección de profesores, estudiantes, egresados y demás miembros que, de conformidad con las normas legales y estatutarias, deban hacer parte de los organismos colegiados de la Universidad, y efectuar oportunamente la convocatoria cuando se produzca la vacante o se termine el período de alguno de ellos.
  • Recomendar al Consejo Directivo los estímulos y distinciones para los profesores.
  • Ejercer la función disciplinaria según lo previsto en los Estatutos y los Reglamentos de la Institución, con potestad para imponer a los integrantes del personal universitario las sanciones de suspensión, expulsión y destitución reservadas a él. Mientras se desarrolla el proceso disciplinario, y cuando las circunstancias y la falta lo ameriten, puede suspender a quien es objeto de investigación. Contra esta decisión solo cabe el recurso de reposición.
  • Designar a los decanos encargados mientras se hace el procedimiento de nombramiento en propiedad de los decanos.
  • Firmar los títulos que la Universidad otorgue y las correspondientes actas de grado.
  • Expedir y firmar las resoluciones rectorales mediante las cuales se documentan las decisiones propias del rector.
  • Cumplir y hacer cumplir las normas constitucionales, legales, estatutarias y reglamentarias vigentes; así como los principios de la Universidad.
  • Las demás que le señalen las leyes, los Estatutos y los Reglamentos de la Universidad. ​

Funciones del Rector