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Consultorio Contable

Glosario

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Mandamiento de pago

Acto administrativo mediante el cual el funcionario competente ordena la cancelación de las obligaciones pendientes, más los intereses y actualizaciones a que haya lugar. Se notifica personalmente al deudor, herederos o deudores solidarios y garantes, previa citación para que comparezcan en un término de diez (10) días; si no comparecen, se notifica por correo. Con el mandamiento de pago se inicia propiamente el proceso administrativo coactivo.


 
 Medidas cautelares

Son las medidas de embargo y secuestro que se decretan sobre los bienes del deudor con el fin de lograr la satisfacción de la obligación.


 
 Medidas cautelares dentro del proceso

Las que se decretan con posterioridad a la notificación del Mandamiento de pago.


 
 Medidas cautelares previas

Las que se decretan previa o simultáneamente con el Mandamiento de pago.


 
 Medios de prueba

Son los diversos elementos que, autorizados por la ley, sirven para demostrar la veracidad o falsedad de los hechos controvertidos en un juicio.

 

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Última modificación: 04/08/2010 14:36