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Universidad EAFIT
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Estatuto Profesoral

Título VIII
Del régimen disciplinario



 

 

Artículo 85. Principios disciplinarios. El régimen disciplinario del profesor de la Universidad EAFIT se basa en los derechos constitucionales del debido proceso y la presunción de inocencia. Las garantías, procedimientos, instancias y sanciones a que hubiere lugar se seguirán de acuerdo con lo señalado en el Reglamento Interno de Trabajo de la Universidad, el contrato laboral suscrito entre el profesor y la Universidad, en el Código Sustantivo de Trabajo y demás normas del ordenamiento colombiano, así como en lo dispuesto en el presente Estatuto Profesoral e instrumentos que lo desarrollen. 

Artículo 86. Alcance del concepto de falta disciplinaria. Constituirá falta disciplinaria cometida por el profesor el incumplimiento de las funciones y de los deberes, la violación de los compromisos adquiridos con la Universidad, el abuso de los derechos, la violación de las prohibiciones, o el incurrir en alguna de las conductas señaladas como faltas en el presente Estatuto, en el Reglamento Interno de Trabajo de la Universidad, en el contrato laboral o en cualquier otra norma de la Universidad.

Artículo 87. Acción disciplinaria. Todo acto que pudiere constituir falta disciplinaria de parte de un profesor originará acción disciplinaria, cuyo ejercicio será independiente de la acción penal, contravencional, o civil a que su conducta diere lugar.

Artículo 88. Iniciación de la acción disciplinaria. La acción disciplinaria se iniciará de oficio por información o queja formulada por cualquier persona.

Parágrafo. Ningún documento anónimo dará lugar a investigación disciplinaria.

Artículo 89. Competencia y procedimiento. La competencia y el procedimiento para la imposición de sanciones se seguirán de acuerdo con lo señalado en el Reglamento Interno de Trabajo de la Universidad.

Artículo 90. Remisión normativa. En lo no previsto expresamente en esta Reglamentación, se aplicarán las disposiciones contenidas en el Reglamento Interno de Trabajo y en las normas laborales colombianas.

 

Título VIII - Del régimen disciplinario