Transparencia y acceso a la información pública

¿Qué vas a encontrar en transparencia?

Encontrarás información de las diferentes prácticas de transparencia en la gestión que realiza EAFIT, de acuerdo a la ley 1712 del año 2014 y a la resolución 1519 del año 2020 y en atención al cumplimiento e implementación del índice de transparencia. 

    1. Información de la entidad

    1.1. Misión, visión, funciones y deberes
    1.1.1. Misión y visión.
    1.1.2. Funciones y deberes.

    1.2. Estructura orgánica - Organigrama
    1.2.1. ​​​​Configur​​ación organizacional (Organigrama).

    1.3. Mapas y Cartas descriptivas de los procesos

    1.4. Directorio Institucional incluyendo sedes, oficinas, sucursales, o regionales, y dependencias 
    1.4.1. Campus Medellín.
    1.4.2. EAFIT Bogotá.
    1.4.3. EAFIT Pereira.
    1.4.4. EAFIT Llanogrande.

    1.5. Directorio de servidores públicos, empleados o contratistas
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de EAFIT, este ítem no es aplicable).

    1.6. Directorio de entidades
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de EAFIT, este ítem no es aplicable).

    1.7. Directorio de agremiaciones, asociaciones y otros grupos de interés
    (Actualmente EAFIT tiene este ítem incluido en su plan de trabajo).

    1.8. Servicio al público, normas, formularios y protocolos de atención
    1.8.1. Servicios al público.
    1.8.1.a. Oferta Pregrado.
    1.8.1.b. Oferta Posgrado.
    1.8.1.c. Educación Continua.
    1.8.2. Normas y protocolos de atención.
    1.8.3. Formularios.
    1.8.3.a. Inscripción y Admisión.
    1.8.3.b. Registro de asignaturas.
    1.8.3.c. Matricula de estudiantes.
    1.8.3.d. Cursos intersemestrales.
    1.8.3.e. Certificados.
    1.8.3.f. Verificaciones académicas.
    1.8.3.g. Grados.
    1.8.3.h. Saber Pro.
    1.8.3.i. Solicitudes académicas.

    1.9. Procedimientos que se siguen para tomar decisiones en las diferentes áreas
    1.9.1. Calidad Académica.
    1.9.2. Acreditación de programas.
    1.9.3. Códigos Snies y Registros Calificados.
    1.9.4. Renovación de la Acreditación Institucional.
    1.9.5. Recursos del proceso.

    1.10. Mecanismo de presentación directa de solicitudes, quejas y reclamos a disposición del público en relación con acciones u omisiones del sujeto obligado
    1.10.1. Centro de ayuda.

    1.11. Calendario de actividades y eventos
    1.11.1 Calendario de actividades y eventos.
    1.11.2 Cronograma actividades académicas.

    1.12. Información sobre decisiones que puede afectar al público

    1.13. Entes y autoridades que lo vigilan
    Vigilada Ministerio de Educación Nacional.

    1.14. Publicación de hojas de vida
    (Por la naturaleza jurídica y carácter privado de la Universidad, este ítem no aplica porque los empleados no tienen la calidad de funcionarios o servidores públicos). 

    2. Normativa

    2.1. Normativa de la entidad o autoridad
    2.1.1. Leyes.
    2.1.2. Decreto Único Reglamentario.
    2.1.3. Normativa aplicable.
    2.1.4. Vínculo al Diario o Gaceta Oficial. (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable. La normativa especifica que aplica para las entidades de los niveles nacional, territorial y autónomo).
    2.1.5. Políticas, lineamientos y manuales.
    2.1.6. Agenda Regulatoria.(Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable).

    2.2. Búsqueda de normas
    2.2.1. Sistema Único de Información Normativa – SUIN. (El Sistema Único de Información Normativa del Estado colombiano permite ubicar normas como leyes, decretos, jurisprudencia, entre otros. Teniendo en cuenta la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, EAFIT no es sujeto obligado del mencionado Sistema, por lo que este ítem no es aplicable).
    2.2.2. Sistema de búsquedas de normas, propio de la entidad.

    2.3. Proyectos de normas para comentarios
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable). 

    3. Contratación

    3.1. Plan Anual de Adquisiciones
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable).

    3.2. Publicación de la información contractual
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable).

    3.3. Publicación de la ejecución de los contratos
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable).

    3.4. Manual de contratación, adquisición y/o compras
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable).

    3.5. Formatos o modelos de contratos o pliegos tipo
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable).

    4. Planeación, Presupuesto e Informes

    4.1. Presupuesto general de ingresos, gastos e inversión
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable. Esto, teniendo presente como fundamento: El  Art. 9, lit b), Ley 1712 de 2014, Arts.74 y 77 Ley 1474 de 2011, el cual está destinado para entidades públicas).

    4.2. Ejecución presupuestal
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable. Esto, teniendo presente como fundamento: El  Art. 9, lit b), Ley 1712 de 2014, Arts.74 y 77 Ley 1474 de 2011, el cual está destinado para entidades públicas).

    4.3 (P)
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable. Esto, teniendo presente como fundamento: El  Art. 9, lit b), Ley 1712 de 2014, Arts.74 y 77 Ley 1474 de 2011, el cual está destinado para entidades públicas. Esto, en conconrdancia como lo dispone el parágrafo del artículo 74 de la Ley 1474  del 2011 las “empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta estarán exentas de publicar la información relacionada con sus proyectos de inversión”).

    4.4. Proyectos de Inversión
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable. Esto, teniendo presente como fundamento: El  Art. 9, lit b), Ley 1712 de 2014, Arts.74 y 77 Ley 1474 de 2011, el cual está destinado para entidades públicas).

    4.5. Informes de empalme
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable. Esto, en fundamento con la Ley 1712 de 2014 artículo 5 parágrafo).

    4.6. Información pública y/o relevante
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable. Esto, en fundamento con la Ley 1712 de 2014 artículo 5 parágrafo).

    4.7. Informes de gestión, evaluación y auditoría
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable. Esto, en fundamento con la Ley 1712 de 2014 artículo 5 parágrafo).

    4.8. Informes de la Oficina de Control Interno
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable. Esto, en fundamento con la Ley 1712 de 2014 artículo 5 parágrafo).

    4.9 Informe sobre Defensa Pública y Prevención del Daño Antijurídico
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable. Esto, en fundamento con la Ley 1712 de 2014 artículo 5 parágrafo).

    4.10. Informes trimestrales sobre acceso a información, quejas y reclamos
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable. Esto, en fundamento con la Ley 1712 de 2014 artículo 5 parágrafo).

    5. Trámites

    5.1. Trámites (normativa, proceso, costos y formatos o formularios)
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable).

    6. Participa

    6.1 (P)
    6.1.1. Descripción General del Menú Participa. "De conformidad con lo dispuesto en el Anexo 2 Resolución MinTIC 1519 del 2020- “Estándares de publicación y divulgación información”; numeral 2. REQUISITOS SOBRE IDENTIDAD VISUAL Y ARTICULACIÓN CON PORTAL ÚNICO DEL ESTADO COLOMBIANO GOV.CO. 2.1. “Los siguientes sujetos obligados deberán incluir un top bar o barra en la parte superior, que redireccione al Portal Único del Estado Colombiano GOV.CO, de acuerdo con lo siguiente: 2.1.1. Para las entidades de la rama ejecutiva de los niveles nacional y territorial del sector central y descentralizado por servicios o territorialmente, con excepción de las empresas industriales y comerciales del Estado, empresas públicas, sociedades de economía mixta y organismos autónomos: Deberán acondicionar una barra superior completa con acceso al Portal Único del Estado colombiano - GOV.CO, que estará ubicada en la parte superior, la cual deberá aparecer en todas sus páginas y vistas. La barra de GOV.CO contendrá su respectivo logotipo, el cual deberá dirigir al sitio web https://www.gov.co y demás referencias que sean adoptadas en el lineamiento gráfico que expida el MinTIC.”. En consecuencia, la Universidad EAFIT, dada su naturaleza jurídica privada, no es sujeto obligado, tal como se describe en la norma transcrita."
    6.1.2. Información sobre los mecanismos, espacios o instancias del Menú Participa.    "Según lo señalado por la Función Pública, “El Menú Participa es lo que se conoce como un menú destacado o principal, que debe ir alojada en la página inicial de los sitios webs de las entidades públicas a fin de garantizarles a los ciudadanos la información sobre los mecanismos que ofrece cada entidad pública para una participación efectiva, por tanto, esto es un nuevo impulso para el ejercicio ciudadano participativo”. “(…)”Con estos lineamientos para implementar en el Menú Participa, estamos facilitando a las entidades la divulgación de información asociada a los espacios y mecanismos de participación, colaboración y control social de los ciudadanos en la gestión pública. Página 12 de 19. Teniendo en cuenta la finalidad señalada por la Función Pública y dada la naturaleza privada de la Universidad EAFIT, no se encuentra obligada a dar cumplimiento a este ítem."
    6.1.3. Estrategia de participación ciudadana.    "Según lo señalado por la Función Pública, “El Menú Participa es lo que se conoce como un menú destacado o principal, que debe ir alojada en la página inicial de los sitios webs de las entidades públicas a fin de garantizarles a los ciudadanos la información sobre los mecanismos que ofrece cada entidad pública para una participación efectiva, por tanto, esto es un nuevo impulso para el ejercicio ciudadano participativo”. “(…)”Con estos lineamientos para implementar en el Menú Participa, estamos facilitando a las entidades la divulgación de información asociada a los espacios y mecanismos de participación, colaboración y control social de los ciudadanos en la gestión pública. Teniendo en cuenta la finalidad señalada por la Función Pública y dada la naturaleza privada de la Universidad EAFIT, no se encuentra obligada a dar cumplimiento a este ítem."
    6.1.4. Estrategia anual de rendición de cuentas. "El objetivo de la rendición de cuentas a la ciudadanía tiene como propósito posibilitar mejores condiciones de transparencia, generar confianza entre gobernantes y ciudadanía, y facilitar el control social. Según lo dispuesto en la página de la Función Pública, las siguientes Entidades y autoridades se encuentran obligadas a la rendición de cuentas: “Orden Nacional: Autoridades y entidades de la administración pública de la Rama Ejecutiva del Poder Público a nivel nacional: ministros, directores de departamentos administrativos, superintendentes, directores, gerentes y presidentes de entidades descentralizadas. Municipios, departamentos y distritos: Según el parágrafo del Artículo 50 de la Ley 1757 de 2015, deben rendir cuentas las autoridades y entidades de la administración pública de la Rama Ejecutiva del Poder Público del nivel territorial: los gobernadores y alcaldes son responsables de liderar dicho proceso con el apoyo de sus equipos de gobierno, las secretarías de despacho, departamentos administrativos y entidades descentralizadas, distintas de las empresas industriales, y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta que desarrollen actividades comerciales en competencia. Las Corporaciones públicas de elección popular: las Juntas Administradoras Locales, los Concejos Municipales y las Asambleas Departamentales. La Rama Legislativa y Judicial y Las Empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta”. De lo anterior se desprende entonces que este ítem no es de carácter obligatorio para las universidades privadas."
    6.1.5. Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano (PAAC).    La Universidad EAFIT, y teniendo en cuenta su carácter privado, no se encuentra obligada de conformidad con lo señalado en el artículo 73 de la ley 1474 de 2011 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”.
    6.1.6. Informes de rendición de cuentas generales. "El objetivo de la rendición de cuentas a la ciudadanía tiene como propósito posibilitar mejores condiciones de transparencia, generar confianza entre gobernantes y ciudadanía, y facilitar el control social. Según lo dispuesto en la página de la Función Pública las siguientes Entidades y autoridades se encuentran obligadas a la rendición de cuentas: “Orden Nacional: Autoridades y entidades de la administración pública de la Rama Ejecutiva del Poder Público a nivel nacional: ministros, directores de departamentos administrativos, superintendentes, directores, gerentes y presidentes de entidades descentralizadas. Municipios, departamentos y distritos: Según el parágrafo del Artículo 50 de la Ley 1757 de 2015, deben rendir cuentas las autoridades y entidades de la administración pública de la Rama Ejecutiva del Poder Público del nivel territorial: los gobernadores y alcaldes son responsables de liderar dicho proceso con el apoyo de sus equipos de gobierno, las secretarías de despacho, departamentos administrativos y entidades descentralizadas, distintas de las empresas industriales, y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta que desarrollen actividades comerciales en competencia. Las Corporaciones públicas de elección popular: las Juntas Administradoras Locales, los Concejos Municipales y las Asambleas Departamentales. La Rama Legislativa y Judicial y Las Empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta"". De lo anterior se desprende entonces que este ítem no es de carácter obligatorio para las universidades privadas."
    6.1.7. Convocatorias para la participación de la ciudadanía y grupos de valor en los espacios, instancias o acciones que ofrece la entidad.    "Según lo definido por la Función Pública “La participación ciudadana en la gestión es el ejercicio del derecho constitucional que tienen los ciudadanos, grupos o colectividades a intervenir en la toma de decisiones que toman las entidades que integran el Estado en el ciclo de la política pública, dicha participación puede ser promovida por las autoridades en el desarrollo de sus políticas, planes, programas, proyectos, normas y trámites, o darse por iniciativa de la misma ciudadanía.” De lo anterior se desprende entonces que este ítem no es de carácter obligatorio para las universidades privadas."
    6.1.8. Calendario de la estrategia anual de participación ciudadana. "Según lo definido por la Función Pública “La participación ciudadana en la gestión es el ejercicio del derecho constitucional que tienen los ciudadanos, grupos o colectividades a intervenir en la toma de decisiones que toman las entidades que integran el Estado en el ciclo de la política pública, dicha participación puede ser promovida por las autoridades en el desarrollo de sus políticas, planes, programas, proyectos, normas y trámites, o darse por iniciativa de la misma ciudadanía”. De lo anterior se desprende entonces que este ítem no es de carácter obligatorio para las universidades privadas."
    6.1.9. Formulario de inscripción ciudadana a procesos de participación, instancias o acciones que ofrece la entidad.    "Según lo definido por la Función Pública “La participación ciudadana en la gestión es el ejercicio del derecho constitucional que tienen los ciudadanos, grupos o colectividades a intervenir en la toma de decisiones que toman las entidades que integran el Estado en el ciclo de la política pública, dicha participación puede ser promovida por las autoridades en el desarrollo de sus políticas, planes, programas, proyectos, normas y trámites, o darse por iniciativa de la misma ciudadanía”. De lo anterior se desprende entonces que este ítem no es de carácter obligatorio para las universidades privadas."
    6.1.10. Canal de interacción deliberatoria para la participación ciudadana. "La finalidad según los lineamientos de la Función Pública, es crear espacios, mecanismos y acciones que las entidades implementan para dar cumplimiento a lo 
    establecido en la política de participación ciudadana en la gestión pública, a fin de dinamizar la vinculación de la ciudadanía en las decisiones y acciones públicas en las etapas de diagnóstico, formulación, implementación, evaluación y seguimiento de acciones. Teniendo en cuenta la naturaleza privada de la Universidad EAFIT, no se encuentra obligada a dar cumplimiento a este ítem."

    6.2. Estructura y Secciones del menú "PARTICIPA"
    6.2.1. Diagnóstico e identificación de problemas. "De acuerdo a la estructura de Menú Participa este debe contener la información sobre las posibilidades de interacción e intervención de los ciudadanos, usuarios y grupos de interés en las fases de formulación, ejecución, control y evaluación del ciclo de la gestión pública definidas en la normatividad general y en las disposiciones específicas para cada entidad, o que son diseñados proactivamente para facilitar el ejercicio de este derecho. Teniendo en cuenta la finalidad, la Universidad como Institución Educativa de naturaleza privada no se encuentra obligada a dar cumplimiento a este ítem."
    6.2.2. Planeación y presupuesto participativo. "La Planeación Participativa es entendida como el mecanismo mediante el cual la sociedad civil decide el rumbo de las políticas, planes, programas, proyectos o trámites de acuerdo con sus necesidades. La participación puede darse en la delimitación de los resultados e impactos esperados y en la definición de productos y de actividades. El Presupuesto Participativo no le es aplicable a las universidades privadas de conformidad con lo dispuesto en el Art 90, 91, 92 y 93 Ley 1557 de 2015."
    6.2.3. Consulta Ciudadana. Teniendo en cuenta la finalidad y en concordancia con las respuestas anteriores, este ítem no aplica para EAFIT.
    6.2.4. Colaboración e innovación. Teniendo en cuenta la finalidad y en concordancia con las respuestas anteriores, este ítem no aplica para las instituciones privadas como EAFIT.
    6.2.5. Rendición de cuentas. Teniendo en la cuenta la finalidad y en concordancia con las respuestas anteriores, este ítem no aplica para las instituciones privadas como EAFIT.
    6.2.6. Control social. "De acuerdo con lo establecido en la Ley 1757 de 2015, el control social es el derecho y el deber que tienen todos los ciudadanos a participar de manera individual o a través de organizaciones, redes e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados, para la correcta utilización de los recursos y bienes públicos. En virtud de lo anterior, y dada la naturaleza privada de la Universidad el presente ítem no le aplica a EAFIT y por ende, no está obligada."

    7. Datos abiertos

    7.1. Instrumentos de gestión de la información
    7.1.1. Registro de activos de información. (P)
    7.1.2. Índice de información clasificada y reservada. (Actualmente EAFIT tiene este ítem incluido en su plan de trabajo).
    7.1.3. Esquema de publicación de la información. (Actualmente EAFIT tiene este ítem incluido en su plan de trabajo).
    7.1.4. Programa de gestión documental. (Actualmente EAFIT cuenta con un programa de gestión documental). 
    7.1.5. Tablas de retención documental. (P)

    7.2 Sección de Datos Abiertos
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable).

    8. Información específica para Grupos de Interés

    8.1. Información para Grupos Específicos
    Por tratarse la educación de un servicio público, EAFIT presenta en su sitio web información objetiva de interés general.
    8.1.1. Información para niños, niñas y adolescentes.
    8.1.2. Información para Mujeres.
    8.1.3. Otros de grupos de interés. Por tratarse la educación de un servicio público, EAFIT presenta en su sitio web información objetiva de interés general.

    9. Obligación de reporte de información específica por parte de la entidad

    9.1 Normativa especial
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable).

    10. Información tributaria en entidades territoriales locales

    10.1. Procesos de recaudo de rentas locales
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable. La normativa especifica que es aplicable a los Municipios y Distritos).

    10.2. Tarifas de liquidación del Impuesto de Industria y Comercio (ICA)
    (Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable. La normativa especifica que es aplicable a los Municipios y Distritos).

    11. Atención y servicios a la ciudadanía

    11.1. Trámites, Otros Procedimientos Administrativos y consultas de acceso a información pública
    (Por tratarse la educación de un servicio público, la Universidad presenta la información de manera objetiva a toda la comunidad en general para todos los interesados).

    11.2. PQRSF, canales de atención y pida una cita 

    12. Sección de Noticias

    12.1. Ingrese a la sección de Noticias

    13. Condiciones técnicas mínimas y de seguridad digital WEB

    13.1. Condiciones de seguridad digital   
    13.1.1. ¿La entidad ha implementado una política de seguridad digital y de seguridad de la información, de conformidad con el artículo 6 y el Anexo 3 de la Resolución MinTIC 1591 de 2020?
    13.1.2. ¿La entidad ha adoptado el Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información (MSPI), recomendado por la Dirección de Gobierno Digital del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones? No se ha adoptado el Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información (MSPI), pero tanto la política de seguridad como las directrices que la soportan, están basadas en estándares internacionales como ISO 27001, Controles de CIS y NIST. No tenemos un modelo de seguridad explícito el modelo. es parte del plan de trabajo de gobierno de seguridad.
    13.1.3. En caso de que la entidad haya sufrido algún incidente de seguridad de la información en el último año, ¿esta ha comunicado los incidentes a la Superintendencia de Industria y Comercio, y en caso de ser graves o muy graves al Grupo de Respuestas a Incidentes de Seguridad Informática del Gobierno Nacional (CSIRT)? No han ocurrido este tipo de incidentes durante el último año. 

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